Transmisiónen vivo. Debate con los candidatos a la Alcaldía de Bogotá. EN VIVO “No perdamos la esperanza”: Alejandro Char sobre los Panamericanos. enero 3, 2024 enero 3, 2024. Políticos aliados y exconcejales serán asesores de Alejandro Eder.

Dentrodel ámbito de las operaciones inmobiliarias, en la tribuna de hoy, vamos a destacar la tributación en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en los contratos de alquiler de vivienda. La mayoría de los arrendadores y arrendatarios ya saben de la tributación del alquiler de vivienda en otros impuestos, como el Impuesto

Disfrutade la primera transmisión para toda Latinoamérica de los Premios de la Radio 2021 en vivo este 10 de noviembre del 2021. Disfruta de la programación de TV Azteca En vivo a través de la señal de Azteca UNO. Ver en vivo. Escape Perfecto. Ver en vivo. Exatlón México . 8:00 pm. La Reesolana con El Capi. 11:00 pm. Primera línea Latransmisión en directo es cuando el vídeo transmitido se envía por Internet en tiempo real, sin ser grabado y almacenado con anterioridad. En la actualidad, las emisiones de televisión, las transmisiones de videojuegos y los vídeos de las redes sociales pueden ser transmitidos en directo. Pensemos que la diferencia entre la transmisión Adiferencia de lo que supone la afección de bienes regulada en el art. 79.2 LGT con respecto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales e Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la que los bienes adquiridos quedan afectos de la responsabilidad del pago de las cantidades correspondientes a tales tributos, el hecho imponible contemplado en Laactual Ley de renta contempla diversos beneficios fiscales en la tributación de las ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de la transmisión de un inmueble, que vamos a resumir en los siguientes grupos : 1.-. Posibilidad de aplicar de Coeficientes abatimiento en determinadas circunstancias. 2.-. Unode los aspectos relacionados con este impuesto que despiertan más suspicacias es si es legal que el inquilino pague el IBI. Lo cierto es que sí lo es, pero, en los contratos firmados a partir del 1 de enero de 1995, debe estar claramente señalado. En caso de que no se haya especificado corresponde el pago al propietario. yLztvHL.
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